9 septiembre, 2026

Porte de armas en Colombia: qué cambia con el Decreto 1368 de Abelardo De La Espriella

Colombia cambia las reglas del porte de armas: Gobierno levanta suspensión general de permisos

El presidente Abelardo De La Espriella firmó este 8 de septiembre el Decreto 1368 de 2026, con el que se levanta la suspensión general que durante años había restringido el porte de armas de fuego en Colombia. La medida permite que vuelvan a tener eficacia los permisos individuales que se encuentren vigentes y cumplan con todas las condiciones legales.

El Gobierno Nacional anunció este martes un cambio significativo en la política de porte de armas de fuego en Colombia.

El presidente Abelardo De La Espriella firmó el Decreto 1368 del 8 de septiembre de 2026, mediante el cual se levanta la suspensión general de los permisos para portar armas de fuego en todo el territorio nacional.

La decisión modifica el escenario que había regido durante los últimos años y cumple una de las principales promesas de campaña del mandatario, quien había planteado que los ciudadanos que cumplen la ley no deberían quedar en desventaja frente a los grupos criminales que portan armas ilegalmente.

Sin embargo, el alcance de la medida tiene varios límites y no significa que cualquier ciudadano pueda portar un arma de fuego libremente.

¿Qué cambia con el nuevo decreto?

El Decreto 1368 ordena a las autoridades militares adoptar las medidas necesarias para restablecer la eficacia de los permisos individuales de porte que se encuentren vigentes, siempre que sobre ellos no exista una suspensión individual, cancelación, revocatoria, vencimiento, prohibición legal o judicial u otra circunstancia que impida su utilización.

En otras palabras, una persona que ya cuenta con un permiso de porte vigente y en regla podrá volver a ejercerlo sin tener que solicitar la autorización especial adicional que se exigía mientras estaba vigente la suspensión general.

El propio decreto establece que la decisión no crea nuevos derechos ni autoriza el libre porte de armas de fuego.

También mantiene vigentes los requisitos, condiciones, restricciones y controles establecidos en la legislación colombiana.

¿Esto significa que cualquiera podrá portar un arma?

No.

Este es uno de los principales puntos que deben quedar claros.

El levantamiento de la suspensión general no convierte a Colombia en un país de porte libre de armas. El ciudadano debe contar con un permiso expedido por la autoridad competente y el arma debe estar debidamente amparada por dicha autorización.

El marco general continúa siendo el Decreto Ley 2535 de 1993, norma que regula la tenencia, porte, transporte, permisos, suspensión, cancelación y decomiso de armas, municiones y explosivos.

La legislación establece que los particulares solamente pueden poseer o portar armas bajo un permiso otorgado por la autoridad competente.

Además, diferencia entre tenencia y porte.

La tenencia permite mantener el arma en el inmueble autorizado, mientras que el porte es la autorización para llevar consigo el arma, de acuerdo con las condiciones establecidas en el permiso.

¿Qué personas podrán portar armas?

Con el levantamiento de la suspensión general, podrán ejercer el porte quienes tengan un permiso individual vigente y no estén cobijados por alguna de las restricciones establecidas en la norma.

Entre las situaciones que impiden ejercer el porte se encuentran:

  • Permisos vencidos.

  • Permisos suspendidos individualmente.

  • Permisos cancelados o revocados.

  • Prohibiciones legales o judiciales.

  • Armas sometidas a medidas que impidan su utilización.

  • Cualquier otra circunstancia jurídica que limite la autorización.

Por eso, tener un arma registrada o contar con autorización de tenencia no equivale automáticamente a tener permiso para portarla.

¿Qué requisitos continúan vigentes?

El Gobierno dejó claro que no se eliminan los requisitos establecidos por la legislación colombiana.

El Decreto Ley 2535 de 1993 contempla condiciones específicas para solicitar permisos de porte. Entre ellas se encuentra la acreditación de las condiciones exigidas por la autoridad, la evaluación de aptitud psicofísica y la justificación de la necesidad de portar el arma, según el tipo de permiso solicitado.

Para determinados permisos también se contemplan verificaciones relacionadas con antecedentes, condiciones personales y conocimientos sobre el manejo responsable del arma.

La autoridad militar conserva además la facultad de evaluar cada solicitud y determinar si concede, niega, suspende, cancela o revoca un permiso.

¿Por qué estaba suspendido el porte de armas?

La suspensión general del porte de armas para civiles comenzó a aplicarse en Colombia durante el gobierno de Juan Manuel Santos en 2015 y posteriormente fue mantenida mediante diferentes disposiciones durante los gobiernos de Iván Duque y Gustavo Petro.

La política buscaba restringir el porte de armas por parte de civiles como parte de las estrategias de seguridad y convivencia, mientras que las autoridades conservaban la posibilidad de conceder autorizaciones especiales en determinadas circunstancias.

Para 2026, la suspensión general había sido prorrogada mediante el Decreto 1482 de 2025, que extendía la medida durante el año. El nuevo Decreto 1368 modifica ese escenario y levanta dicha suspensión general.

¿Qué argumentó Abelardo De La Espriella?

El presidente defendió la decisión como parte de su política de seguridad y de su compromiso de campaña.

En un mensaje divulgado en redes sociales, De La Espriella sostuvo que durante años se había restringido al ciudadano que cumple la ley mientras los grupos criminales continuaban armándose ilegalmente.

El mandatario afirmó que la medida busca devolver a los ciudadanos que cumplen los requisitos legales la posibilidad de ejercer la defensa personal dentro del marco autorizado por la ley.

El presidente también presentó cifras de incautaciones de armas realizadas por la Fuerza Pública.

Según los datos divulgados por el Gobierno, entre el 1 de enero y el 3 de septiembre de 2026 fueron incautadas 15.700 armas de fuego, de las cuales 14.179 estarían relacionadas con la comisión de delitos.

De acuerdo con las mismas cifras presentadas por el mandatario, 980 armas estarían vinculadas con disidencias, 551 con el Clan del Golfo y 339 con el ELN.

De La Espriella también aseguró que el 99,9 % de los delitos cometidos con armas se realizan con armas ilegales. Esta cifra corresponde a una afirmación del Gobierno y debe atribuirse como tal, ya que no encontramos en las fuentes consultadas una metodología pública que permita verificarla de manera independiente.

La discusión: ¿más armas legales significan más seguridad?

La decisión abrió nuevamente uno de los debates más sensibles sobre seguridad en Colombia.

El Gobierno sostiene que el ciudadano que cumple la ley no debería quedar completamente desarmado mientras las organizaciones criminales mantienen arsenales ilegales.

Sus defensores consideran que permitir nuevamente el uso de permisos vigentes puede fortalecer la capacidad de defensa de ciudadanos que ya cumplieron los requisitos establecidos por el Estado.

Pero sus críticos advierten sobre los posibles riesgos de aumentar la circulación de armas entre civiles.

El senador Ariel Ávila, de Alianza Verde, calificó la decisión como un error y sostuvo que existe el riesgo de que armas inicialmente legales terminen posteriormente en manos de organizaciones criminales, por pérdida, robo o falta de trazabilidad.

El expresidente Gustavo Petro, por su parte, reaccionó al anuncio de De La Espriella con el término “necropolítica”, en una crítica directa a la decisión.

El debate, por tanto, no se limita al derecho de defensa personal, sino que involucra asuntos relacionados con seguridad pública, control estatal de las armas, violencia, criminalidad y responsabilidad en el uso de la fuerza.

¿Cuántas personas podrían verse beneficiadas?

Reportes publicados este martes señalan que alrededor de 700.000 ciudadanos con permisos o salvoconductos podrían verse cobijados por el levantamiento de la suspensión, siempre que sus autorizaciones estén vigentes y no exista una restricción jurídica que les impida ejercer el porte.

Esto no significa que 700.000 personas nuevas recibirán armas ni que todas podrán comenzar a portar automáticamente.

La cifra corresponde a personas que ya hacen parte del sistema de permisos y cuya situación deberá ajustarse a las condiciones establecidas por el nuevo decreto.

¿Desde cuándo aplica la medida?

El Decreto 1368 fue firmado y expedido el 8 de septiembre de 2026.

La nueva disposición reemplaza el esquema de suspensión general que se encontraba vigente y restablece la eficacia de los permisos individuales que cumplan las condiciones establecidas.

Reportes sobre el contenido del decreto señalan que su aplicación comienza con su entrada en vigencia y que el nuevo régimen sustituye las disposiciones que habían mantenido la suspensión general.

Una aclaración clave para los ciudadanos

El cambio anunciado por el Gobierno no significa que Colombia haya autorizado el porte indiscriminado de armas.

No se trata de una autorización automática para comprar, tener o portar armas.

El Estado mantiene el control sobre la expedición de permisos y continúan vigentes las normas que regulan qué armas pueden tener los particulares, bajo qué condiciones pueden ser autorizadas y en qué circunstancias una persona puede perder el permiso.

El Decreto Ley 2535 de 1993 establece expresamente que los particulares solo pueden poseer o portar armas con permiso de la autoridad competente.

En resumen

Lo que cambia: se levanta la suspensión general del porte de armas.

Lo que se mantiene: los permisos, requisitos, controles y restricciones establecidos por la ley.

Quiénes pueden portar: quienes tengan un permiso individual vigente y sin restricciones jurídicas.

Quiénes no pueden hacerlo: personas con permisos vencidos, suspendidos, cancelados, revocados o que estén cobijadas por alguna prohibición legal o judicial.

Lo que NO significa: que cualquier ciudadano pueda comprar un arma y salir a portarla sin autorización.

La decisión representa un giro importante en la política de seguridad del Gobierno de Abelardo De La Espriella y abre nuevamente el debate nacional sobre hasta dónde debe llegar el derecho de los ciudadanos a la defensa personal y cuál debe ser el papel del Estado en el control de las armas de fuego.

El debate apenas comienza y será clave observar cómo las autoridades militares implementan el nuevo régimen, cómo se comportan los índices de violencia y qué efectos tiene el levantamiento de la suspensión sobre la seguridad ciudadana.